miércoles, 1 de julio de 2015

Tipos de Licencias de Software

En esta nueva entrada hablaremos de las licencias dentro de los Software, tanto abiertos como cerrado. Para empezar diferenciaremos los dos tipos de Software . Un software abierto es aquel el cual es gratuito y nos permite entrar al código de fuente, como por ejemplo Linux. Mientras que un software cerrado es aquel en el cual los derechos y condiciones, nos impiden observar el código de fuente, como por ejemplo Microsoft y IOs.
Ahora hablaremos de las licencias, pero primero debemos entender que es esto. Una licencia es un contrato entre el desarrollador de un software sometido a propiedad intelectual y a derechos de autor y el usuario, en el cual se definen con precisión los derechos y deberes de ambas partes.

Dentro de las Licencias de Software Abierto destacaremos:


  • Licencia GPL: es una de las más utilizadas y se suele denominar como GNU GPL. A través de esta el desarrollador conserva los derechos de autor, pero permite su libre distribución, modificación y uso. Es considerada la primera licencia copyleft, es decir, exige que todas las versiones modificadas y extendidas sean también libres. El software licenciado bajo GPL, es totalmente gratuito. 
  • Licencia BSD: es un buen ejemplo de una licencia permisiva(la licencia original del autor es libre) que no impone condiciones sobre lo que el usuario puede hacer con el software. Este es la menos restrictiva para los desarrolladores. Además, una aplicación licenciada con BSD permite que otras versiones puedan tener otros tipos de licencias tanto libres como propietarias, un ejemplo de ello es el sistema operativo Mac OS X, desarrollados bajo esta licencia.
  • Licencia Apache: el software bajo este tipo de licencia permite al usuario distribuirlo, modificarlo y distribuir versiones modificadas de ese software pero debe conservar el copyright y el disclaimer. Esta licencia no exige que las versiones modificadas se distribuyan usando la misma licencia, ni siquiera qque se tenga que distribuir como software libre, solo exige que se informe a los receptores que en la distribución se ha usado código con la licencia Apache. Al crear nuevas piezas de software se deben incluir dos archivos en el directorio principal; una copia de la licencia y un documento de texto que incluya los avisos obligatorios del software presente en la distribución.
  • Licencia Creative Commons: se basa en cuatro condiciones, se puede distribuir, exhibir, representar, siempre y cuando se reconozca y se cite a su autor. No se permite su uso para fines comerciales ni modificar dicha obra y que todas las obras derivadas siempre mantengan la licencia original.

Mientras que dentro de las licencias de software privado encontraremos que este tipo de licencias, no permiten que el software sea modificado, copiado o distribuido de formas no especificadas en la propia licencia. Regula el número de copias que pueden ser instaladas e incluso los fines concretos para los cuales puede ser instalado. Los fabricantes de programas sometidos a etse tipo de licencias por lo general ofrecen servicios de soporte técnico y actualizaciones durante el tiempo de vida del producto. Dentro de los cuales encontramos los siguientes productos:

  • EULA: son las siglas de "End-Usee License Agreement" o "Acuerdo de Licencia con el usuario Final" que son las condiciones que debes aceptar para poder utilizar este programa, aplicación, juego, producto,etc. Suele ser habitual no leer el EULA debido a que, o bien los términos empleados en su redacción son muy técnicos, confusos y poco claros. 
  • CLUF: Una licencia de software es un contrato entre el titular del derecho de autor  y el usuario del programa informático , para utilizar éste en una forma determinada y de conformidad con unas condiciones convenidas. Las licencias de software pueden establecer entre otras cosas: la cesión de determinados derechos del propietario al usuario final sobre una o varias copias del programa informático, los límites en la responsabilidad por fallos, el plazo de cesión de los derechos, el ámbito geográfico de validez del contrato e incluso pueden establecer determinados compromisos del usuario final hacia el propietario.

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